lunes, 2 de noviembre de 2015

Para entender la factura de la luz.

Entender la factura de la luz no es fácil.

Un estudio realizado por la Unión de Consumidores de España y la Universidad de Oviedo,  que se publicó el pasado mes de Marzo, reveló que casi la mitad de los consumidores de Asturias no entiende su factura eléctrica.

El estudio es extrapolable al resto de España. De hecho la organización de consumidores de Andalucía FACUA publicaba a finales de Octubre de 2014 otro estudio con resultados muy parecidos: El 56% de los consumidores no entiende la factura de la luz.
Hemos colaborado con Wiquot, el mejor gestor de finanzas personales, para intentar que la factura de la luz deje de ser un jeroglífico al alcance de unos pocos.
El primer paso para elegir la oferta más adecuada a nuestras necesidades como consumidores consiste en saber que estamos pagando en el recibo de electricidad.

Los conceptos se pagan en la factura de la luz son 5:

  • Término variable, que depende de la energía consumida.
  • Término fijo, que depende de la potencia contratada en nuestra vivienda.
  • Alquiler de contador (suponiendo que no lo hayamos comprado).
  • Impuesto especial sobre la electricidad.
  • IVA /  IGIC.


Vamos a detallar cada uno de ellos.



El término variable, que también se denomina término de energía, es el precio de la energía registrada por el contador durante el periodo de tiempo que nos están facturando (normalmente uno o dos meses). Si conseguimos ahorrar energía pagaremos menos en ésta parte de la factura.

El término fijo o término de potencia, se paga en función de la potencia eléctrica que hayamos contratado. La potencia debe ser la justa para que se puedan alimentar los electrodomésticos que normalmente tenemos funcionando a la vez.
Este término se paga independientemente de que consumamos energía o no. 
Dicho de forma coloquial, por el mero hecho de tener a nuestra disposición un cable conectado a nuestra casa pagaremos siempre una cantidad, (como una "cuota de línea" en telefonía).


En un suministro eléctrico es obligatorio tener instalado un contador. Si éste contador lo instala nuestra compañía distribuidora nos cobrará un alquiler mensual. En el caso de un contador analógico esta cantidad es de 0,51 € al mes, y para el contador digital es de 0,81 € al mes.
Si no queremos pagar alquiler podemos comprar un contador homologado, pero deberá ser la compañía distribuidora la encargada de instalarlo y precintarlo.


Al término variable y al término fijo se les aplica el impuesto sobre la electricidad, que actualmente supone un 5,113 %.

A la suma de todos los conceptos anteriores (término fijo, variable, impuesto eléctrico y alquiler de contador) se les aplica el 21% de IVA.
No nos hemos equivocado. Al impuesto eléctrico también se le aplica el IVA (un impuesto sobre otro impuesto).

La pregunta que se hace cualquier consumidor, una vez que comprende los componentes de la factura es evidente:
¿Estoy pagando lo correcto?
Veamos unos precios orientativos (actualizados en Noviembre de 2015):


Para el término fijo:
En el caso de consumidores acogidos a la tarifa regulada PVPC, el término fijo tiene un precio de 42,043426 €/kW al año. 
Puede aparecer como 3,503618 €/kW al mes, o bien como 0,115187€/kW al día. Este precio se multiplicará por el número de días facturados y por la potencia contratada.
En el caso de consumidores en mercado libre habrá que consultar el contrato firmado para saber el precio que se aplicará.


Para el término variable:
Los consumidores con PVPC no tienen un precio fijo del kWh, pero la página web de simulación de facturas, http://facturaluz.cnmc.es/ dependiente de la Comisión Nacional de Mercados y  Competencia nos puede ser de utilidad.
Los consumidores de mercado libre tendrán que consultar de nuevo su contrato para saber lo que pagarán por cada kWh consumido.
Recomendamos que éste precio no supere la media anual del PVPC, que se puede consultar en nuestra página web.

El término variable se calculará multiplicando la energía registrada por el contador, por el precio del kWh.

Si no disponemos del contrato podemos solicitar un duplicado en el teléfono gratuito de atención al cliente que debe aparecer obligatoriamente en cualquier factura.

Después de sumar el alquiler de contador y aplicar el impuesto sobre la electricidad y el IVA ya sabremos si la factura de la luz de nuestra casa está bien calculada.

¿Te queda alguna duda?
¡Consúltanos sin compromiso!


Imagen cortesía de Skitterphoto, disponible en www.pixabay.com