Entender
la factura de la luz no es fácil.
Un estudio realizado por la Unión de Consumidores de España y la Universidad de
Oviedo, que se publicó el pasado mes de
Marzo, reveló que casi la mitad de los consumidores de Asturias no entiende su
factura eléctrica.
El
estudio es extrapolable al resto de España. De hecho la organización de
consumidores de Andalucía FACUA publicaba a finales de Octubre de 2014 otro
estudio con resultados muy parecidos: El 56% de los consumidores no entiende la
factura de la luz.
Hemos
colaborado con Wiquot, el mejor gestor de finanzas personales, para intentar que la factura de la luz deje de ser
un jeroglífico al alcance de unos pocos.
El
primer paso para elegir la oferta más adecuada a nuestras necesidades como
consumidores consiste en saber que estamos pagando en el recibo de
electricidad.
Los conceptos
se pagan en la factura de la luz son 5:
- Término variable, que depende de la energía consumida.
- Término fijo, que depende de la potencia contratada en nuestra vivienda.
- Alquiler de contador (suponiendo que no lo hayamos comprado).
- Impuesto especial sobre la electricidad.
- IVA / IGIC.
Vamos
a detallar cada uno de ellos.
El
término variable, que también se denomina término de energía, es el precio de
la energía registrada por el contador durante el periodo de tiempo que nos
están facturando (normalmente uno o dos meses). Si conseguimos ahorrar energía
pagaremos menos en ésta parte de la factura.
El
término fijo o término de potencia, se paga en función de la potencia eléctrica
que hayamos contratado. La potencia debe ser la justa para que se puedan
alimentar los electrodomésticos que normalmente tenemos funcionando a la vez.
Este
término se paga independientemente de que consumamos energía o no.
Dicho de forma coloquial, por el mero hecho de tener a nuestra disposición un
cable conectado a nuestra casa pagaremos siempre una cantidad, (como una
"cuota de línea" en telefonía).
En un
suministro eléctrico es obligatorio tener instalado un contador. Si éste
contador lo instala nuestra compañía distribuidora nos cobrará un alquiler
mensual. En el caso de un contador analógico esta cantidad es de 0,51 € al mes,
y para el contador digital es de 0,81 € al mes.
Si no queremos pagar alquiler podemos comprar un contador homologado, pero
deberá ser la compañía distribuidora la encargada de instalarlo y precintarlo.
Al
término variable y al término fijo se les aplica el impuesto sobre la
electricidad, que actualmente supone un 5,113 %.
A la
suma de todos los conceptos anteriores (término fijo, variable, impuesto
eléctrico y alquiler de contador) se les aplica el 21% de IVA.
No
nos hemos equivocado. Al impuesto eléctrico también se le aplica el IVA (un
impuesto sobre otro impuesto).
La
pregunta que se hace cualquier consumidor, una vez que comprende los
componentes de la factura es evidente:
¿Estoy pagando lo correcto?
Veamos unos precios orientativos (actualizados en Noviembre de 2015):
Para
el término fijo:
En el
caso de consumidores acogidos a la tarifa regulada PVPC, el término fijo tiene
un precio de 42,043426 €/kW al año.
Puede aparecer como 3,503618 €/kW al mes, o bien como 0,115187€/kW al día. Este
precio se multiplicará por el número de días facturados y por la potencia contratada.
En el caso de consumidores en mercado libre habrá que consultar el contrato
firmado para saber el precio que se aplicará.
Para
el término variable:
Los
consumidores con PVPC no tienen un precio fijo del kWh, pero la página web de
simulación de facturas, http://facturaluz.cnmc.es/ dependiente de la Comisión
Nacional de Mercados y Competencia nos
puede ser de utilidad.
Los consumidores de mercado libre tendrán que consultar de nuevo su contrato para
saber lo que pagarán por cada kWh consumido.
Recomendamos que éste precio no supere la media anual del PVPC, que se puede consultar en nuestra página web.
El
término variable se calculará multiplicando la energía registrada por el
contador, por el precio del kWh.
Si no
disponemos del contrato podemos solicitar un duplicado en el teléfono gratuito
de atención al cliente que debe aparecer obligatoriamente en cualquier factura.
Después
de sumar el alquiler de contador y aplicar el impuesto sobre la electricidad y
el IVA ya sabremos si la factura de la luz de nuestra casa está bien calculada.
¿Te
queda alguna duda?
¡Consúltanos sin compromiso!