domingo, 31 de mayo de 2015

Derecho de desistimiento

En los contratos de luz y gas es habitual que las promociones y descuentos aparezcan resaltados y con letras grandes, aunque las condiciones y las cláusulas aparezcan en letra pequeña.
Si después de firmar un contrato encontramos alguna cláusula con la que no estamos de acuerdo o que consideramos abusiva, podemos ejercer nuestro derecho de desistimiento.



El derecho de desistimiento supone la revocación del contrato firmado para continuar con nuestro contrato anterior.
Para ejercer éste derecho disponemos de un plazo de 14 días naturales desde el día de la firma del contrato, y el documento de desistimiento debe estar incluido en el propio contrato, incluyendo la dirección postal o de correo electrónico a la que hay que enviarlo.

Si el documento de desistimiento se envía por correo electrónico es importante guardar una copia del mismo, y en caso de envío postal es recomendable que sea correo certificado con acuse de recibo, o bien burofax, dado que es el consumidor quien tendrá que demostrar que ha ejercido su derecho de desistimiento en caso de que la compañía de luz o gas se negase a revocar el contrato firmado. Una llamada telefónica indicando que queremos desistir de un contrato puede quedar sin efecto, puesto que no podríamos demostrar lo que hemos hablado por teléfono.

Desde Gestaen Ingeniería hemos comprobado que algunos comerciales ofrecen contratos de luz en los cuales no se incluye ningún documento de desistimiento, vulnerando claramente lo establecido en el Artículo 69 del Real Decreto 1/2007 de 16 de Noviembre (Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias).

1. Cuando la ley atribuya el derecho de desistimiento al consumidor y usuario, el empresario contratante deberá informarle por escrito en el documento contractual, de manera clara, comprensible y precisa, del derecho de desistir del contrato y de los requisitos y consecuencias de su ejercicio, incluidas las modalidades de restitución del bien o servicio recibido. Deberá entregarle, además, un documento de desistimiento, identificado claramente como tal, que exprese el nombre y dirección de la persona a quien debe enviarse y los datos de identificación del contrato y de los contratantes a que se refiere.
2. Corresponde al empresario probar el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior.

Y además de ser un derecho del consumidor, el desistimiento es gratuito y no requiere ninguna justificación dentro del plazo legal de 14 días.

¿Te queda alguna duda? ¡Consúltanos sin compromiso!

(Imagen libre cortesía de www.pixabay.com

domingo, 26 de abril de 2015

¿Cuanto cuesta un nombre comercial?

Hoy 26 de Abril es el día mundial de la propiedad intelectual e industrial.

Y acerca de la propiedad industrial hemos detectado un fraude, que aunque no tiene relación con el ahorro energético, hemos decidido publicarlo y denunciarlo puesto que podría afectar a cualquier empresa.

Uno de nuestros clientes nos encargó registrar su nombre comercial y su logotipo. El trámite se realiza en la Oficina Española de Patentes y Marcas con un coste de 121,68 €.
La solicitud se publica en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI), y una vez finalizados los trámites el solicitante tiene derecho a explotar la marca o el nombre comercial durante 10 años.

El fraude que denunciamos consiste en que un chiringuito (nos negamos a llamarlo empresa) que se hace llamar "tpr-service" (European Trademark Publication Register), se dedica a rastrear la información publicada en el BOPI, donde aparecen todas las solicitudes de marcas y nombres comerciales, y envía a nuestro cliente una carta como la que reproducimos a continuación:

(clic para ampliar)

La carta, íntegramente escrita en inglés, indica como dirección del remitente la calle Grösslingova 4 de Bratislava (Eslovaquia), aunque por el sello y el matasellos es evidente que ha sido enviada desde Alemania.

El fraude consiste en que bajo la apariencia de una factura, emitida por una entidad europea de marcas registradas, solicita el ingreso de 1.395 € en una cuenta bancaria del banco polaco Zachodni WBK.

En la letra pequeña que aparece al final de la carta indican que la cantidad solicitada es la cuota anual para inscribir la empresa en una "base de datos europea".
No tiene relación con ningún organismo oficial ni español ni europeo (que es lo primero que cabría pensar cuando la carta cita el número de solicitud del BOPI y la fecha de registro).

La página web del citado chiringuito mantiene la apariencia de "organismo oficial europeo", no tiene correo electrónico de contacto, ni tampoco teléfono.
Por supuesto, tampoco aparece ninguna información relativa al sujeto que se esconde tras la página web, que envía las cartas desde Alemania, y que intenta que el dinero se envíe a Polonia, a cambio de nada.

Si en tu empresa has recibido ésta carta o alguna similar, deposítala en el contenedor azul más cercano. Conservar el medio ambiente es tarea de todos.

martes, 21 de abril de 2015

Una oferta en luz para verlo mas claro.

Hemos recibido de nuevo la oferta de luz de mercado libre de EDP denominada "Formula luz", y la hemos estudiado detalladamente.


Al igual que en ofertas anteriores se habla de un 4% de descuento en el consumo de luz (es decir, en la energía consumida), y un 50% en el servicio añadido "funciona luz".

(clic para ampliar)


Si decidimos no contratar el servicio "funciona luz", el descuento se reduce a un 2%. Y una vez más la pregunta que nos hacemos es:

¿Sobre qué precio se aplica el 2% de descuento?

La respuesta, una vez mas está en la letra pequeña que aparece en el pie de página de la carta

(clic para ampliar)

Vemos que nos remiten a la página web de EDP, en la que podemos comprobar los precios:


Para un consumidor sin tarifa nocturna, el precio inicial de ésta oferta es de 0,124667 €/kWh. 
Si aplicamos el 2% de descuento se quedaría en 0,122173 €/kWh.

El término de potencia, que nos indican en €/kW al mes es de 3,503605 €/kW, o lo que es lo mismo: 42,04326 €/kW al año.

Si comparamos estos precios con el PVPC de los últimos dos meses (del 21 de Febrero al 20 de Abril) vemos que el término de potencia tiene el mismo precio, y el término de energía del último mes ha sido de 0,116351 €/kWh.
Es decir, que la oferta de EDP sería un 5% más cara.

Si tomamos como referencia el PVPC de los últimos 10 meses (0,122807 €/kWh) el ahorro habría sido del 0,51%.

Descuentos en letra grande, condiciones en letra pequeña, y ahorros que no son lo que nos prometen.

¿Sábes si tu oferta de luz es la más conveniente?
¡Consúltanos!

viernes, 3 de abril de 2015

Cómo ahorrar luz según Iberdrola

Hemos escuchado en la radio que Iberdrola informará a 300.000 clientes de cómo ahorrar en su factura de la luz.

Uno de esos 300.000 clientes está asesorado por nosotros y ha recibido la visita de un agente de Iberdrola.
La conversación entre el comercial de Iberdrola (I) y éste consumidor (C) parece sacada de una comedia, pero es real y la transcribimos a continuación.

I- Buenos días.
C- Buenos dias.
I- Vengo de Iberdrola porque hay un error con su factura de la luz.
C- ¿Un error?
I- Sí.  Y para compensarlo le vamos a aplicar un descuento.
C- ¿En toda la factura o en el consumo?
I- En el consumo. Le vamos a rebajar un 12%.
C- ¿Un 12% de descuento sobre el precio de la energía que estoy pagando?
I- Así es. Iberdrola ha seleccionado a 300.000 clientes para informarles de cuanto se puede ahorrar en su factura de la luz. En su caso está pagando 16 céntimos por kWh, y con ésta oferta va a pagar 14 céntimos por kWh.
C- Pero yo no estoy pagado 16 céntimos por kWh.
I- ¿Ah no?
C- No. Mi tarifa es PVPC.
I- ¿Y eso qué es?
C- Vamos a ver... ¿Ha oido hablar de la TUR? ¿Le suena?
I- No.
C- Es una tarifa que se basa en el precio diario de la electricidad. Antes se denominaba TUR, o tarifa de último recurso y se subastaba cada tres meses. Ahora se llama PVPC, precio voluntario de pequeño consumidor, y es el precio medio de la electricidad de cada día. Actualmente está en algo más de 11 céntimos por kWh, y es mucho más barato que los 14 céntimos que me está ofreciendo.
I- Ah... Pues entonces no le interesa ésta oferta.
C- Pues no.
I- Es probable que le visiten más comerciales con ésta oferta, les tendrá que decir que su tarifa es PVPC.
C- Pero ¿Iberdrola no sabe cual es mi tarifa? ¿Cómo han seleccionado a los clientes?
I- No lo sé... Es una lista que nos han dado. Pero ya no le interrumpo más. Gracias.
C- Vale. Buenos días.


Sin nuestro asesoramiento el precio de la energía de éste cliente habría pasado de 11 a 14 céntimos por kWh, es decir un incremento del 27%.
Los números no mienten.
¿Quieres saber si tu factura se puede mejorar?
¡Consúltanos sin compromiso!

miércoles, 1 de abril de 2015

Baja el precio del gas natural (II)

A partir de hoy, 1 de Abril, baja el precio del gas natural para los consumidores acogidos a la Tarifa de Último Recurso (TUR).
Se mantiene el termino fijo  (4,36 €/mes para la TUR 1, y 8,84 €/mes para la TUR 2),pero baja el término variable, es decir. lo que pagamos por la energía consumida.
Para la TUR1 (Consumo anual inferior a 5.000 kWh) la bajada es del 2,86% y se sitúa en 5,374623 céntimos/kWh.
Para la TUR2 (Consumo anual de 5000 hasta 50.000 kWh) la bajada es del 3,27% y se sitúa en 4,68723 céntimos/kWh.
Precios sin impuestos.
Si en tu siguiente factura de gas natural se aplica un precio distinto no estás en tarifa regulada, sino en mercado libre. Comprueba las cláusulas de revisión de precios de tu contrato y si estás pagando un precio superior recuerda que la Tarifa de Último Recurso de gas es una opción a tener en cuenta.
Y si tienes alguna duda ¡Consúltanos sin compromiso!

lunes, 16 de marzo de 2015

La factura por horas

Según la información publicada por algunos periódicos digitales, la facturación eléctrica por horas estará disponible a partir del mes de Abril.

Todavía no se han cambiado todos los contadores de luz analógicos por los nuevos contadores digitales inteligentes, y ésta es una condición obligatoria para poder poner en marcha éste tipo de facturación, por lo cual, los consumidores que todavía tengan el viejo contador no podrán acogerse a éste tipo de tarifa.

Desde Gestaen os recordamos que el cambio de contador es totalmente gratuito y que vuestro tipo de factura no cambiará siempre que no firméis ningún contrato nuevo.


Para los consumidores que hayan elegido un contrato de mercado libre con un precio fijo, la factura por horas no tendrá ningún efecto.

Para los acogidos al Precio Voluntario de Pequeño Consumidor os invitamos a seguir nuestras publicaciones. Seguiremos informando sobre los cambios que se puedan producir.

Entre las páginas que publican el precio por hora os recomendamos la de Red Eléctrica de España:


en la que se puede comprobar el precio por horas de cada día y del día siguiente.

Imágen cortesía de Pixabay.com 

viernes, 6 de marzo de 2015

Teléfonos gratuitos de atención al cliente. Compañías de luz y gas

Las compañías de luz y gas están obligadas por ley a facilitar un numero de teléfono gratuito de atención al cliente.

La Organización de Consumidores y Usuarios ha publicado recientemente una recopilación de éstos números correspondientes a las principales comercializadoras de luz y gas en España, que por su interés para todos los consumidores, hemos decidido reproducir en nuestro blog, enlazándolo además a nuestros perfiles de facebook, twitter y google+.

Por fortuna, atrás quedan los tiempos en los que para plantear una reclamación, el teléfono de atención al cliente era del tipo 902 (que nos cobraban siempre, independientemente de que tuvieramos alguna tarifa plana).

Aunque en ésta lísta de números de atención al cliente aparezcan también líneas 800, este tipo de teléfonos son también gratuitos.


ENDESA
Tarifa PVPC:800 760 333
Mercado libre:800 760 909

IBERDROLA
900 142 763
Bono Social:900 246 351

HC ENERGÍA / NATURGAS
Comunidad autónoma Vasca: 900 902 930
Resto de comunidades: 900 907 000

GAS NATURAL FENOSA (GAS)
900 100 251

GAS NATURAL FENOSA (LUZ)
900 100 254
Tarifa PVPC:900 100 259
Bono Social:900 100 283

EON
900 118 866

GALP

800 009 109

Insistimos en que la obligación de las compañías de facilitar un teléfono gratuito de atención al cliente está recogida en la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico, tal y como indica el artículo 45:

Para el suministro a consumidores finales deberán disponer de un servicio de atención a sus quejas, reclamaciones, solicitudes de información o comunicaciones de cualquier incidencia en relación al servicio contratado u ofertado, poniendo a su disposición una dirección postal, un servicio de atención telefónica y un número de teléfono, ambos gratuitos, y un número de fax o una dirección de correo electrónico al que los mismos puedan dirigirse directamente. Los prestadores comunicarán su dirección legal si ésta no coincide con su dirección habitual para la correspondencia.

Si desde un teléfono gratuito nos remiten a cualquier otro número que conlleve un coste, la compañía de luz o de gas estaría inclumpliendo la Ley.

(Imagen cortesía de Pixabay.com)